DECRETO Nš 2457
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SANTA FE, 07 de julio de 1988
VISTO el expediente nš 00201-0350993-V, del MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y CULTO, relacionado con el Decreto nš 0006/79 y modificatorio nš 1227/89 que crea la Comisión de Asesoramiento de Documentación Administrativa, con el objeto de elaborar las pautas para el descarte de documentación en sede de procedencia, por parte de los Ministerios y Organismos Descentralizados del Poder Ejecutivo Provincial; y
CONSIDERANDO:
Que la experiencia ha demostrado que el tratamiento que se debe seguir con la documentación parra que preste servicio, es el de la ordenación, clasificación y selección, debiéndose proceder asimismo al descarte y eliminación del material que ha perdido vigencia y no conserva valor para la Historia;
Que la Secretaría de Estado de Trabajo ha elaborado las tablas de Tiempo de Conservación de la Documentación producida por las distintas áreas de organización y que han sido aprobadas por Resolución del Secretario de Estado de Trabajo nš 0018/88;
Que dichas Tablas han sido confeccionadas teniendo en cuenta lo señalado por el Archivo General de la Provincia, único organismo responsable de emitir juicio sobre el mérito de la documentación en materia de descarte, de acuerto Art.16, Inc. a) de la Ley 5516 y su modificatoria Nš 8399, Art. 16 Inc. ñ); y a la Ley de Contabilidad vigente (Decreto-Ley Nš 1757/56 y modificatorias);
Que la aplicación de las presentes Tablas contribuirá al mejor funcionamiento del archivo de la Secretaría de Estado de Trabajo;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1) - Apruébanse las Tablas de Tiempo de Conservación de la Documentación producida por las distintas áreas de organización de la Secretaría de Estado de Trabajo, obrantes de fojas 28 a 48 de autos.-
ARTICULO 2) - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
VÍCTOR F. REVIGLIO
ALBERTO DIDIER
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