DECRETO Nº 5255
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SANTA FE, 14 de Noviembre de 1991
VISTO:
El Expediente Nº 00101-0015413-8/89 (GOBERNACION), relacionado con las Tablas de Plazos de Conservación de los documentos producidos por el Instituto para la Administración Pública Provincial (Dirección Provincial de Formación de Recursos Humanos); y
CONSIDERANDO:
Que la experiencia ha demostrado que el tratamiento que se debe seguirse con la documentación para que preste servicio, es el de clasificación, ordenación, descripción y selección, debiéndose proceder asimismo al descarte y eliminación del material que ha perdido vigencia y no conserva valor a los efectos de la investigación científica;
Que el Instituto para la Administración Pública Provincial (Dirección Provincial de Formación de Recursos Humanos), oportunamente elaboró las Tablas de Plazos de Conservación de los Documentos producidos y que han sido aprobadas por Resolución de la Sub-Secretaría de Políticas Participativas y la Función Pública nº 0002/89;
Que dichas Tablas han sido confeccionadas teniendo en cuenta lo señalado por el Archivo General de la Provincia, único organismo responsable de emitir juicio sobre el mérito de la documentación en materia de descarte, de acuerdo al artículo 16º. inc. a) de la Ley 5516 y su modificatoria Nº 8399, artículo 16º, inc. ñ).
Que no existe objeción que formular a los plazos establecidos en las planillas; reflejando el presente estudio la Producción Documental, en áreas de referencia del Poder Ejecutivo, con anterioridad a la promulgación de la Ley nº 10.101;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1. - Apruébanse las Tablas de Plazos de Conservación de la documentos producidos por el Instituto para la administración Pública (Dirección Provincial de Formación de Recursos Humanos), las que como Anexo I en cinco fojas integran la presente norma.-
ARTICULO 2. - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
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